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Expedix

Guía para instaladores

Cómo legalizar una instalación de autoconsumo

Diecisiete pasos, según la guía oficial del IDAE. Dieciocho si hay excedentes. Aquí está el mapa completo: las dos administraciones, qué documento pide cada una y quién puede firmarlo.

Antes de ejecutar

Ayuntamiento

Si basta declaración responsable o hace falta licencia de obra

  • Declaración responsable, en el modelo del municipio
  • Memoria técnica descriptiva
  • Esquema unifilar y croquis de implantación
  • Gestión de residuos
  • Liquidación del ICIO, con su posible bonificación

Cada ordenanza es distinta, incluso dentro de la misma provincia.

Con la instalación ejecutada

Industria

La puesta en servicio y el registro de autoconsumo

  • Memoria técnica en el formulario oficial de tu comunidad
  • Certificado de instalación eléctrica, que emites tú
  • Comunicación de nueva instalación
  • Documentación del sistema antivertido, si es sin excedentes

El trámite es telemático y solo puede presentarlo el instalador habilitado con firma reconocida.

Los umbrales

Dos números deciden casi todo

No los pone tu comunidad ni tu ayuntamiento: son estatales, y saber de dónde salen te ahorra discusiones.

UmbralQué decideOrigen
10 kWPor debajo, memoria técnica que firmas tú. Por encima, proyecto de técnico titulado y dirección de obra. Se mide sobre la potencia nominal de los inversores, no sobre la de los paneles.REBT, ITC-BT-04
100 kWPor debajo, y en baja tensión, la comunidad inscribe de oficio a partir del certificado de instalación. No hay que solicitar nada.RD 244/2019

El error más caro: confundir potencia pico de módulos con potencia nominal de inversores. Una instalación de 12 kWp de paneles con un inversor de 10 kW sigue en el tramo de memoria técnica.

Los plazos

La norma da plazo a todos menos a ti

  • 10 días

    Para que la comunidad remita tu certificado a la distribuidora.

  • 5 días

    Para que la distribuidora lo traslade al consumidor.

  • 2 meses

    Máximo para activar el autoconsumo. Pasado ese plazo por causa ajena a ti y a la Administración, el cliente tiene derecho a descuento en factura.

A ti la norma no te da ninguno. Por eso el expediente parado es tu problema, y por eso tiene sentido tener un radar que te avise en lugar de acordarte tú.

Cobertura

Qué parte cubrimos y dónde

Paquete de ayuntamiento

Disponible en toda España. Su contenido se rige por normativa estatal, así que el paquete vale igual en cualquier municipio. El modelo de declaración responsable lo pones tú, descargado de tu ayuntamiento.

Trámite de Industria

Necesita el perfil de cada comunidad, con sus formularios y su sede. Hoy está activo en Comunitat Valenciana.

Ver el detalle de la Comunitat Valenciana

Preguntas

Lo que más se consulta

¿Quién puede firmar la memoria técnica hasta 10 kW?
La empresa instaladora habilitada. Por encima de 10 kW hace falta proyecto redactado y firmado por técnico titulado competente, más certificado de dirección y terminación de obra.
¿Cuánto tiempo tengo para responder a un requerimiento?
Diez días hábiles según la Ley 39/2015. Y el plazo del expediente se suspende hasta que contestas, así que el retraso se acumula.
¿Necesito permiso de acceso y conexión?
Sin excedentes estás exento a cualquier potencia. Con excedentes, hay exención hasta 15 kW en suelo urbanizado con dotaciones, según el artículo 7.1.b del RD 244/2019.
¿Quién inscribe la instalación en el registro de autoconsumo?
En baja tensión y por debajo de 100 kW la inscripción la hace de oficio la comunidad autónoma a partir del certificado de instalación. No tienes que solicitarla.